El diario Abc Color publicó en su edición del lunes 28 de enero información con la opinión de dos expertos que aseguran que Fernando Lugo está habilitado para ser candidato a la Presidencia de la República el próximo 20 de abril. El periódico La Nación añade, en su editorial, "las ideas que se esgrimen para impugnar a Fernando Lugo debilitan a la República, desde que otorgan imperio a normas de una entidad privada de menor rango que ella (Iglesia católica) y desde que restauran a todos los efectos prácticos la trabajosamente eliminada confesionalidad del Estado".

El abogado Jorge Seall Sasiain advirtió de que la Iglesia católica no puede obligar a Lugo a pertenecer a esa institución. Así lo señala la Constitución, que señala en su artículo 42 que “toda persona es libre de asociarse o agremiarse con fines lícitos, así como nadie está obligado a pertenecer a determinada asociación”.

     
  La Constitución señala que "nadie está obligado a pertenecer a determinada asociación", recuerda el abogado Jorge Seall Sasiain  
     
La separación de Lugo de la jerarquía eclesial “es fehaciente porque hizo una carta en la que manifestó su deseo de desvincularse de ese cargo (obispo) y casualmente la sanción que recibe es la prohibición de ejercer ese ministerio, de administrar sacramentos”. Seal Sasiain añadió que “prohibirle salir a aquella persona que dice yo ya no quiero pertenecer a esta institución es algo muy parecido a la esclavitud”.

El experto en Derecho Canónico Carlos Heyn señaló que las leyes de la Iglesia permiten la renuncia al oficio eclesiástico
El pleno derecho de Lucho a ser Presidente del Paraguay también fue defendido en las páginas de Abc Color por el sacerdote Carlos Heyn, con 27 años en la enseñanza de Derecho Canónico en la Universidad Católica, profesor de Historia de la Iglesia y autor de varios libros sobre la relación Iglesia-Estado.

Lugo tiene pleno derecho a ser Presidente del Paraguay, coinciden los expertos
Heyn indicó que el artículo 187 del Derecho Canónico que dice que “el que se halla en su sano juicio puede, con causa justa, renunciar a un oficio eclesiástico”. El sacerdote recordó que el Estado y la Iglesia tienen distintas leyes. “Al Estado no le interesa la ley canónica, así como a la Iglesia no le interesa la ley civil”. Un ejemplo de ello es el divorcio: “En la ley civil existe el divorcio, pero la ley eclesiástica dice lo contrario".

La Nación también advierte del derecho de Lugo a aspirar a la Presidencia de la República. En su editorial del 28 de enero, el diario recuerda que, desde la independencia nacional de 1811, "la Iglesia Católica, en tanto organización religiosa distinta al Estado Pontificio, es inferior a la República y sus actividades en Paraguay están sometidas en todo a lo que disponen la Constitución y las leyes paraguayas".

La Nación: "Las ideas que se esgrimen para impugnar a Fernando Lugo debilitan a la República, desde que otorgan imperio a normas de la Iglesia sobre la Constitución"
"La Iglesia no está sobre el Estado, sino el Estado sobre la Iglesia, y sostener lo contrario no solo es contrapuesto a lo que la Constitución de 1992 reconoce y establece en forma expresa, sino que implica imponer al Paraguay el principio fundamentalista de la confesionalidad", añade.

"Queda claro así que las disposiciones constitucionales que liberan a los ciudadanos paraguayos de sumisiones perennes son superiores, absolutamente superiores, a cualquier norma o estatuto religioso en sentido contrario, y el Estado paraguayo está obligado a resguardar, amparar y apoyar la preeminencia de esas disposiciones suyas cuando alguien pretende que prevalezcan las ajenas".

En conclusión, el editorial de La Nación indica que "las ideas que se esgrimen para impugnar a Fernando Lugo debilitan a la República, desde que otorgan imperio a normas de una entidad privada de menor rango que ella y desde que restauran a todos los efectos prácticos la trabajosamente eliminada confesionalidad del Estado". Por el contrario, el diario señala que la impugnación de la candidatura de Nicanor Duarte está amparada por la Constitución, que prevé la inhabilidad de ser Presidente y candidato para evitar "la tentación de usar el poder de su cargo en favorecerse personalmente", entre otros motivos.

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